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PROCEDIMIENTO
Realización y Evaluación de los procesos de Formación y Capacitación
Versión 2
Código PSI-ATH-PR-014
Proceso Administración del Talento Humano Estado Vigente
1. OBJETIVO
Realizar las actividades programadas en el PIC de cada vigencia y evaluar el desarrollo de los mismos. 
2. ALCANCE
Inicia con la habilitación de la capacitación en el aplicativo SIABIP, con el fin de que los funcionarios interesados se inscriban y reserven su cupo.
Una vez inscrito, el aplicativo le notifica la separación del cupo al proceso de formación y/o capacitación.
Si el proceso de capacitación es realizado directamente por la Oficina de Formación y Capacitación debe ser evaluado in situ.
Los funcionarios que participan en la capacitación deben retroalimentar a los compañeros interesados en la misma temática que no alcanzaron inscripción, dejando evidenciado que efectivamente realizaron el proceso a través de archivo fotográfico y acta de reunión con la asistencia, documentos que deben ser enviados a la Oficina de Formación y Capacitación.

 
3. RESPONSABLE
Jefe de oficina, Funcionarios Administración Central, Funcionarios Entidades Descentralizadas
4. CONDICIONES GENERALES
1. Las Entidades Descentralizadas que aportan recursos económicos y tienen acceso a procesos de Formación y Capacitación, son:
* INFIMANIZALES
* INVAMA
* Centro de Recepción de Menores
* ASSBASALUD
* EMSA

2. Para los funcionarios de Carrera Administrativa y Libre Nombramiento y Remoción los Procesos en Educación Formal, Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano y Educación Informal se rigen por la Ley 909 de 2004, el Convenio Marco vigente, los Convenios Interadministrativos, el Reglamento Interno de la Oficina de Formación y Capacitación y el Plan de Estímulos de la Alcaldía

3. Para los funcionarios vinculados en Nombramiento Provisional y Planta Temporal, solo aplican los Procesos de Inducción, Reinducción y Entrenamiento en el Puesto de Trabajo

4. Los funcionarios que asistan a eventos de Formación y Capacitación que deban ser retroalimentados, no le serán aprobadas nuevas capacitaciones hasta tanto entreguen en la Oficina de Formación y Capacitación la evidencia de la retroalimentación. 
5. DEFINICIONES
5.1. CAPACITACIÓN: Conjunto de procesos organizados, relativos tanto a la educación para el trabajo y el desarrollo humano como a la educación informal de acuerdo con lo establecido por la ley general de educación, dirigidos a prolongar y a complementar la educación inicial mediante la generación de conocimientos, el desarrollo de habilidades y el cambio de actitudes, con el fin de incrementar la capacidad individual y colectiva para contribuir al cumplimiento de la misión institucional, a la mejor prestación de servicios a la comunidad, al eficaz desempeño del cargo y al desarrollo personal integral.  
5.2. FORMACIÓN: Proceso encaminado a facilitar el desarrollo integral del ser humano, potenciando actitudes, habilidades y conductas, en sus dimensiones: Ética, creativa, comunicativa, crítica, sensorial, emocional e intelectual.  
5.3. EDUCACIÓN FORMAL: Es aquella que se imparte en establecimientos educativos aprobados, en una secuencia regular de ciclos lectivos, con sujeción a pautas curriculares progresivas, y que conduce a grados y títulos  
5.4. EDUCACIÓN INFORMAL: Todo conocimiento libre y espontáneamente adquirido, proveniente de personas, entidades, medios masivos de comunicación, medios impresos, tradiciones, costumbres, comportamientos sociales y otros no estructurados  
5.5. EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO Y EL DESARROLLO HUMANO: Se ofrece con el objeto de complementar, actualizar, suplir conocimientos y formar en aspectos académicos o laborales y conduce a la obtención de Certificados de Aptitud Ocupacional. Comprende la formación permanente, personal, social y cultural, que se fundamenta en una concepción integral de la persona, que una institución organiza en un Proyecto Educativo Institucional y que estructura en currículos flexibles sin sujeción al sistema de niveles y grados propios de la Educación Formal (Decreto 4904 de 2009, artículo 1, numeral 1.2, compilado en el artículo 2.6.2.2 del Decreto 1075 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Educación).  
5.6. PROGRAMA DE INDUCCIÓN: Es un proceso dirigido a iniciar al empleado en su integración a la cultura organizacional durante los cuatro meses siguientes a su vinculación. El aprovechamiento del programa por el empleado vinculado en período de prueba deberá ser tenido en cuenta en la evaluación de dicho período.  
5.7. PROGRAMA DE REINDUCCIÓN: Es un proceso dirigido a reorientar la integración del empleado a la cultura organizacional en virtud de los cambios producidos a cualquiera de los asuntos a los cuales se refieren sus objetivos (DECRETO LEY 1567 DE 1998).  
6. DOCUMENTACIÓN EXTERNA RELACIONADA
- ley 909 de 2004
- decreto 0534 de 2014
decreto municipal 0491 del 26 de octubre de 2023 reglamento de formación y capacitación.
7. DESARROLLO
QUÉ SE HACE QUIÉN LO HACE REGISTRO CÓMO LO HACE
La Jefe de la Oficina de Formación y Capacitación sube al aplicativo la capacitación vigente, donde incluye temática, fecha, hora, lugar para que los funcionarios interesados se inscriban.

Posteriormente se envía la oferta del proceso de capacitación a desarrollar a través del correo institucional para que los funcionarios ingresen al aplicativo. 
- Funcionarios Administración Central
- Funcionarios Entidades Descentralizadas 

Inscripción a través en el aplicativo SIABIP para reservar el cupo, teniendo el cuento que el funcionario para hacerlo, debe contar con el visto bueno (permiso) de su Jefe Inmediato. 
El funcionario se inscribe en el aplicativo, comprometiéndose a asistir, de lo contrario le será cobrado el valor de la capacitación si no se recibió previamente una excusa por escrito o cancelación oportuna. 
Cada funcionario es responsable de contar con el permiso de su Jefe inmediato, para la asistencia al evento de capacitación.  - Funcionarios Administración Central
- Funcionarios Entidades Descentralizadas 

Inscripción en el aplicativo por parte del funcionario interesado. 
Una vez inscrito, el aplicativo le notifica su aprobación para la participación en el evento de capacitación.
Los funcionarios deben conocer el Reglamento Interno de Capacitación específicamente en estas obligaciones:
* Participar en la identificación de las necesidades de capacitación de su dependencia
* Asistir a las actividades de capacitación para los cuales haya sido seleccionado o haya realizado la previa inscripción a través de la plataforma establecida para tal fin.
* Realizar un proceso de retroalimentación con los colaboradores que no asistieron a la capacitación y dejarlo evidenciado en un acta que debe ser enviada a la Oficina de Formación y Capacitación o quien haga sus veces, cuando el empleador lo requiera.
* Aplicar los conocimientos y habilidades adquiridas para contribuir con el mejoramiento de la prestación del servicio institucional.
* Servir de agente capacitador cuando se requiera.
* Subir a la plataforma de la Alcaldía, la información académica permanentemente, con el fin de mantenerla actualizada.
* Dar respuesta al formato de evaluación de la capacitación, al día siguiente de ser recibida.

PARAGRAFO: En caso de inasistencia sin debida justificación a los programas de capacitación para los cuales hayan sido seleccionados, el (los) funcionario (s) deberá (n) cancelar el 100% del valor correspondiente y si es gratuito, no podrá solicitar ni recibir ninguna capacitación en los próximos seis (6) meses.

 
Asistir al evento de Formación y/o Capacitación y registrar en el aplicativo de Formación Académica el Certificado o Diploma obtenido.  - Funcionarios Administración Central
- Funcionarios Entidades Descentralizadas 

Diploma o Certificado en el aplicativo 
El funcionario debe asistir al evento de Formación y/o Capacitación, registrando su asistencia en el código QR creado para el evento .

Una vez finalizada la capacitación, se debe realizar la evaluación virtual del evento.

Posteriormente, el certificado debe ser registrado en el aplicativo de Formación Académica

 
Proceso de Retroalimentación: El funcionario que asista a la capacitación debe compartir el conocimiento con los que no tuvieron oportunidad de hacerlo, dejando la respectiva evidencia.  - Funcionarios Entidades Descentralizadas
- Funcionarios Administración Central 
- evaluación de eventos de formación y capacitación
Acta de Reunión, archivo fotográfico de la capacitación dictada y registro de asistencia. 
Utilizar estrategias pedagógicas para compartir el conocimiento adquirido. 
Análisis de datos de la evaluación de la capacitación realizada por los funcionarios  - Jefe de oficina 
Informe que será utilizado para toma de decisiones.  
Haciendo uso de la herramienta tecnológica, se tabula la evaluación y se analizan los resultados obtenidos dejando el respectivo informe. 
Adelantar los procesos de inducción y reinduccion  - Jefe de oficina  - inducción a funcionarios en el puesto de trabajo
- inducción y reinducción de personal
Capacitación de manera virtual, videos, archivo fotográfico 
La jefe de la Oficina organiza la forma como se dará la inducción y reinducción a los funcionarios  
8. CONTENIDO
LISTA DE VERSIONES
VERSIÓN FECHA RAZÓN DE LA ACTUALIZACIÓN
ELABORÓ
REVISÓ
APROBÓ
 
Nombre: Olga Lucia Acosta Orozco
Cargo: Profesional Universitario
Fecha: 29/Nov/2023
 
Nombre: Francisco Javier Gomez
Cargo: PROFESIONAL UNIVERSITARIO
Fecha: 29/Nov/2023

 
Nombre: Claudia Villegas Hauss
Cargo: Jefe de Oficina
Fecha: 29/Nov/2023